Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes a partir del quinto (5º) año contado a partir de la fecha de su matrícula en el registro nacional automotor.
Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares (motocarros, cuatrimotos, ciclomotores, mototriciclos, tricimotos), se someterán a la primera revisión técnicomecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula.
1. Verificación que el vehículo cumpla las condiciones mínimas para la Inspección: Limpieza, descargado, alarma desactivada, sin tapacubos o copas en los rines, adecuada presión de aire de los neumáticos, documentos y verificación de identificación (placa, marca, clase, servicio, color).
2. Se remite el cliente a Caja y el vehículo a la pista de revisión. Recaudo mediante operador bancario, registro de los datos del vehículo en el Software Tecni-RTM y confrontación de los datos del
vehículo con lo registrado en la página del RUNT.
3. Se remite el cliente a la Sala de Espera mientras se realiza la inspección al vehículo y se entrega los resultados y documentos del vehículo.
Esta consiste en la revisión a la carrocería y chasis, limpiaparabrisas, peldaños, retrovisores, rueda de repuesto, vidrios, cinturones de seguridad, salidas de emergencia, rines y llantas, sistema de frenos, sistema de suspensión, dirección, transmisión, luces, gases, ruido, motor, sistema de combustible, entre otros.
Finalizada la inspección, se procede a generar los resultados de la inspección y a registrarlos en la página del RUNT (aprobado o rechazado). Se debe revisar del FUR, los resultados y que las fotografías sean tomadas en diferentes etapas de revisión y en ángulos opuestos. La toma de fotografías se debe hacer en la inspección o re inspección.
1. Se entrega al cliente los documentos del vehículo y el Formato Uniforme de Resultados (FUR).
2. Se remite el cliente al área de post revisión para que el vigilante le entregue las llaves del vehículo.
3. Se entrega el vehículo y se finaliza el proceso.
Si el vehículo sale Rechazado se comunica al cliente que tiene Quince (15) días calendario para realizar las reparaciones al vehículo y volver sin ningún costo a realizar la revisión por una sola vez.
En la segunda visita al CDA, en todos los casos, será objeto de una revisión sensorial completa para verificar que las condiciones generales del vehículo se mantienen, y se procederá a hacer una revisión gratuita de los aspectos reprobados en la visita inicial mediante revisión visual o revisión mecanizada según corresponda.
Si el vehículo sale Aprobado se genera e imprime del Software Tecni-RTM, el Formato Uniforme de Resultados (FUR) y se genera de la página del RUNT el Certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes virtual.
También se le comunica al cliente la vigencia de un (1) año del Certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes y que puede descargarlo durante la vigencia de la página del RUNT: www.runt.com.co opción: Consulta de vehículos por placa.
El conductor y/o propietario de un vehículo automotor que no porte el Certificado de RTMEYC ó cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico mecánicas o de emisiones contaminantes incurrirá en las sanciones previstas en la ley: Multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) y además el vehículo será inmovilizado.